(01-07-2015) es el primer día en el que se pone en funcionamiento la reforma del Código Penal y de la Ley de Seguridad Ciudadana o, más conocida, como #LeyMordaza. En este artículo os explico cómo nos afecta a los profesionales de la comunicación y el pago que nos imponen por su incumplimiento.
De 100 a 600 euros
Deslucimiento de bienes inmuebles
Reuniones en espacio público sin pedir permiso previamente
Escalar edificios para colocar una pancarta con un mensaje reivindicativo
Ocupación o permanencia en cualquier edificio ajeno
De 601 a 30.000 euros
Manifestación sin comunicación previa a los organismos competentes frente al Congreso, Senado o Parlamentos
Negativa a disolver una reunión
Resistencia a la autoridad
Piquetes informativos
Colgar fotos de policías en redes sociales o webs, ni videos de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
De 30.001 a 600.000 euros
Protestas en infraestructuras de telecomunicaciones como Radio Televisión Española (RTVE) o las que se hicieron en la Televisión valenciana
Celebración de espectáculos en contra de la prohibición ordenada por la autoridad correspondiente
Además…
a) Consultar webs de contenidos delictivos
La condena no es solo por la difusión o apología del terrorismo a través de una web, sino también por visitar estas páginas ‘de manera habitual’, según el artículo 575.2 de la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo.
b) Organizar protestas a través de redes sociales
Gestionar manifestaciones en redes sociales será un delito castigado con penas de terrorismo.
c) Los delitos informáticos ahora se consideran terrorismo
d) Crear páginas de enlace con derechos de autor
No solo serán responsables los propietarios de las webs de enlace, también las compañías de servicios que ayuden a crearlas
Por ello también se pone en marcha la campaña #PeriodistasSinMordazas y #NoSomosDelito para visibilizar cómo afectan estas leyes a los profesionales de la comunicación, la persecución a la que puede verse sometida la ciudadanía y los periodistas en el ejercicio del derecho a la comunicación y la información.
Os invito a una reflexión final… ¿Dónde está el límite entre democracia y control?
Por Antonio J Pineda
01-07-2015
Fuente
HoyDe 100 a 600 euros
Deslucimiento de bienes inmuebles
Reuniones en espacio público sin pedir permiso previamente
Escalar edificios para colocar una pancarta con un mensaje reivindicativo
Ocupación o permanencia en cualquier edificio ajeno
De 601 a 30.000 euros
Manifestación sin comunicación previa a los organismos competentes frente al Congreso, Senado o Parlamentos
Negativa a disolver una reunión
Resistencia a la autoridad
Piquetes informativos
Colgar fotos de policías en redes sociales o webs, ni videos de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
De 30.001 a 600.000 euros
Protestas en infraestructuras de telecomunicaciones como Radio Televisión Española (RTVE) o las que se hicieron en la Televisión valenciana
Celebración de espectáculos en contra de la prohibición ordenada por la autoridad correspondiente
Además…
a) Consultar webs de contenidos delictivos
La condena no es solo por la difusión o apología del terrorismo a través de una web, sino también por visitar estas páginas ‘de manera habitual’, según el artículo 575.2 de la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo.
b) Organizar protestas a través de redes sociales
Gestionar manifestaciones en redes sociales será un delito castigado con penas de terrorismo.
c) Los delitos informáticos ahora se consideran terrorismo
d) Crear páginas de enlace con derechos de autor
No solo serán responsables los propietarios de las webs de enlace, también las compañías de servicios que ayuden a crearlas
Por ello también se pone en marcha la campaña #PeriodistasSinMordazas y #NoSomosDelito para visibilizar cómo afectan estas leyes a los profesionales de la comunicación, la persecución a la que puede verse sometida la ciudadanía y los periodistas en el ejercicio del derecho a la comunicación y la información.
Os invito a una reflexión final… ¿Dónde está el límite entre democracia y control?
Por Antonio J Pineda
01-07-2015
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