La visión de un conservador estadounidense sobre el tratado euronorteamericano.
Counterpunch es una revista mensual estadounidense, muy conocida por sus posiciones críticas con el sistema político de ese país. En su último número, un colaborador de la misma Paul Craig Roberts, describió el significado que tiene en los Estados Unidos la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (TTIP). Advirtamos al lector que Craig Roberts es un economista, escritor y periodista conservador estadounidense, que fue subsecretario del Tesoro con Administración Reagan y es considerado uno de los fundadores de la llamada "Reaganomía". De manera que venidas de quien vienen, sus advertencias no deberian caer en saco roto.
Según Craig Roberts, la TTIP no tiene nada que ver con el llamado "libre comercio" . La expresión “libre comercio” suele utilizarse para enmascarar el poder que estos acuerdos otorgan a las corporaciones permitiéndolas demandar a los Estados para anular la legislación nacional que regula la contaminación, la seguridad alimentaria, los transgénicos y los salarios mínimos.
Lo primero que el lector debe empezar entendiendo, advierte Craig Roberts, es que estos denominados “tratados” o “asociaciones” no son leyes aprobadas por el Congreso. La Constitución de Estados Unidos atribuye al Congreso la autoridad de legislar, pero estas leyes se escriben sin la participación del mismo. Sus autores son exclusivamente las grandes empresas y su único objetivo es mantener y aumentar su poder y sus beneficios.
Y es que la "Oficina del Representante para el Comercio estadounidense" fue creada con la finalidad exclusiva de permitir que las grandes empresas dictaran leyes que solo sirven a sus propios intereses. Este fraude a la Constitución y al pueblo - asegura Paul Craig - se encubre llamando “tratados” a las leyes comerciales.
Pero la cuestión no termina ahí, precisa Craig . "El Congreso ni siquiera está autorizado a conocer el contenido de las leyes y se ve limitado a aceptar o rechazar las que llegan al Congreso para su aprobación. Por lo general suele dar el visto bueno pretextando que “se ha trabajado mucho en ellas” y “el libre comercio nos beneficiará a todos”.
"Los periodistas al servicio de las grandes empresas, tratan de desviar la atención del público en relación con el contenido de las leyes tramitadas por “vía rápida”. Cuando se acepta dicho procedimiento, el Congreso acepta que las corporaciones redacten las leyes sobre comercio sin la participación de la cámara legislativa. Incluso las críticas a las “asociaciones” son una cortina de humo".
COMO REPERCUTIRÁ EN SU VIDA LA FIRMA DEL TRATADO TRASATLANTICO
La verdad es que la autentica funcion de las “asociaciones o tratados” es aumentar la inmunidad de las empresas privadas frente a las leyes de los países soberanos sobre la base de que dichas leyes tienen un impacto negativo sobre los beneficios corporativos y constituyen una “restricción al comercio”.
Por ejemplo, bajo el Tratado Trasatlántico, las leyes francesas contra los transgénicos podrían ser anuladas al ser consideradas como “restricciones al comercio”, merced a las demandas judiciales iniciadas por Monsanto.
Las compañías tabacaleras pueden demandar a los estados por incluir advertencias sobre la salud en los paquetes de cigarrillos, ya que estos textos pueden disuadir de fumar y por tanto constituyen una “restricción al comercio”.
Las iniciativas destinadas a controlar las emisiones perjudiciales para el medio ambiente también podrían ser objeto de demandas judiciales por parte de las grandes empresas. Bajo el Tratado Trasatlántico (TTIP) las corporaciones serían compensadas por los “ingresos reguladores”, que es como las corporaciones denominan a la protección medioambiental. Esto significa, evidentemente, que los contribuyentes tendrían que pagar daños a las empresas contaminantes.
Los países que exigen que se realicen pruebas a los alimentos importados, como la de la triquinosis a los productos de origen porcino o aquellas a las que se somete a las verduras para detectar residuos de fumigación también podrían ser llevados a los tribunales por las empresas, porque esta regulación incrementa el coste de las importaciones.
Los países que no ofrecen protección a las marcas farmacéuticas y productos químicos y permiten la utilización de genéricos en su lugar pueden ser demandados por daños a las empresas.
Bajo el TTIP, las únicas que pueden demandar son las empresas. Los sindicatos no pueden hacerlo si sus miembros se ven perjudicados por la deslocalización de empleos y los ciudadanos no pueden interponer demandas cuando su salud o sus suministros de agua se vean perjudicados por las emisiones contaminantes de las corporaciones, concluye escribiendo Paul Craig Roberts.
Jueves, 4 de junio de 2015
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